Fideicomiso: Fondo de Reparación Urbanística
Creado por: Ordenanza 12.016. Art. 18°.- CRÉASE el Fondo de Reparación Urbanística. El mismo tendrá por objeto financiar obras de renovación y rehabilitación de la Infraestructura urbana de la ciudad de Córdoba. (Reglamentado por Decreto Nº 199/12)- (Ratificado por Ordenanza Nº 12139).
Constituido por: La totalidad de los recursos provenientes de la "Contribución para la Financiación del Desarrollo Local y Regional de Obras de Gas Natural y otras de interés general". Ordenanza 12140, Título XII, Artículos: 375, 376 y 377.
Administrador del Fondo: Nación Fideicomisos (Banco Nación) – Decreto 3756
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